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ANUNCIO del Servicio Provincial de Medio Ambiente de Teruel por el se que publica la Orden del Departamento de Medio Ambiente, de 3 de diciembre de 2003, por la que se aprueba el expediente amojonamiento total administrativo del monte número 280 del Catálogo de los de Utilidad Pública de la provincia de Teruel, denominado «Mas del Pardo», número 1037 del elenco de propios de la provincia de Teruel, de la pertenencia de la Diputación General de Aragón, y situado en el término municipal de Castellote (Entidad Local Menor de Cuevas de Cañart).

Publicado el 19/01/2004 (Nº 8)
Sección: BOA V. Anuncios - Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

ANUNCIO del Servicio Provincial de Medio Ambiente de Teruel por el se que publica la Orden del Departamento de Medio Ambiente, de 3 de diciembre de 2003, por la que se aprueba el expediente amojonamiento total administrativo del monte número 280 del Catálogo de los de Utilidad Pública de la provincia de Teruel, denominado «Mas del Pardo», número 1037 del elenco de propios de la provincia de Teruel, de la pertenencia de la Diputación General de Aragón, y situado en el término municipal de Castellote (Entidad Local Menor de Cuevas de Cañart).

Examinado el expediente de amojonamiento total administrativo del monte nª 1037 del Elenco de montes propios de la provincia de Teruel, denominado «Mas del Pardo» de la pertenencia de la Diputación General de Aragón, situado en el término municipal de Castellote (Entidad Local Menor de Cuevas de Cañart), cuyo deslinde total administrativo fue aprobado por Orden del Departamento de Medio Ambiente, de fecha 11 de diciembre de 2001.

Resultando que la Orden de 11 de diciembre de 2001, fue publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» nº 11, de 25 de enero de 2002. Según establece la misma resolución al año siguiente se redacta memoria de amojonamiento del monte de Utilidad Pública 280 (propio de la D.G.A. TE 1037), con un total de 66 mojones o hitos en el perímetro exterior y dado, que no existe enclavados, el total de mojones es de 66..

Resultando que con fecha 22 de enero de 2003, se publica en el «Boletín Oficial de Aragón» nº 8 anuncio del Servicio Provincial de Medio Ambiente de Teruel de inicio de las operaciones de amojonamiento, el día 10 de marzo de 2003, a las 9,30 horas, señalándose como lugar de reunión la Plaza del Ayuntamiento de Cuevas de Cañart. El 30 de diciembre de 2002 se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel nº 245 idéntico anuncio.

Resultando que la operación de apeo de amojonamiento se realizó en un día, el 10 de marzo de 2003, no presentándose en la Plaza del Pueblo, a las 9,30 horas ningún colindante ni representante municipal, estando presentes por parte de la Diputación General de Aragón, la Ingeniera operadora Dª María Rosales Juega y los Agentes de Protección de la Naturaleza D. Juan Carlos Otal Lasheras y D. César Megino Peña.

Resultando que el 28 de julio de 2003, la Ingeniero Operadora elaboró el preceptivo informe, una vez terminada la operación de amojonamiento, publicándose el oportuno anuncio, de acuerdo con el artículo 147 del Reglamento de Montes, en el Boletín Oficial de la provincia de Teruel número 192, de fecha 7 de octubre de 2003, y en el Boletín Oficial de Aragón número 122, de fecha 8 de octubre de 2003, y notificándose el contenido de dicho anuncio a los colindantes y Edicto al Ayuntamiento de Castellote, para que procediese a su inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, por plazo de 15 días hábiles desde la recepción de la notificación.

Resultando que durante el período de audiencia y vista no se ha presentado reclamación alguna, de acuerdo con el certificado emitido por el Director del Servicio Provincial de Medio Ambiente de la Diputación General de Aragón de Teruel, de fecha 17 de noviembre de 2003.

Resultando que las operaciones de amojonamiento realizadas se limitan a materializar el deslinde y que la actuación de la Ingeniero operador, se circunscribe al Proyecto de amojonamiento aprobado, dando cumplimiento a las instrucciones y legislación aplicable.

Resultando que en las operaciones de amojonamiento se ha respetado de forma fidedigna la línea de deslinde del monte, establecida en la Orden del Departamento de Medio Ambiente, aprobatoria del mismo, de fecha 11 de diciembre de 2001.

Resultando que se colocan los mojones tal y como consta en las actas. La relación de mojones y piquetas colocadas es la siguiente:

Nº Piquete deslinde Orden del Hito Numeración

1 2º 1

2 2º 2

3 2º 3

4 2º 4

5 2º 5

6 2º 6

7 2º 7

8 2º 8

9 2º 9

10 2º 10

11 2º 11

12 2º 12

13 2º 13

14 2º 14

15 2º 15

16 2º 16

17 2º 17

18 2º 18

19 2º 19

20 2º 20

21 2º 21

22 2º 22

23 2º 23

24 2º 24

25 2º 25

26 2º 26

27 2º 27

28 2º 28

29 2º 29

30 2º 30

31 2º 31

32 2º 32

33 2º 33

34 2º 34

35 2º 35

36 2º 36

PERIMETRO 2.-BANCAL DE ALBALATE

Nº Piquete deslinde Orden del Hito Numeración

37 2º 37

38 2º 38

39 2º 39

40 2º 40

41 2º 41

42 2º 42

43 2º 43

44 2º 44

45 2º 45

46 2º 46

PERIMETRO 3.-LA IRANZA

Nº Piquete deslinde Orden del Hito Numeración

47 2º 47

48 2º 48

49 2º 49

50 2º 50

51 2º 51

52 2º 52

53 2º 53

54 2º 54

55 2º 55

PERIMETRO 4.-LA CUEVA

Nº Piquete deslinde Orden del Hito Numeración

56 2º 56

57 2º 57

58 2º 58

59 2º 59

60 2º 60

PERIMETRO 5.-ARMENGOTES

Nº Piquete deslinde Orden del Hito Numeración

61 2º 61

62 2º 62

63 2º 63

64 2º 64

65 2º 65

66 2º 66

No existen líneas naturales en las que se prescinda de colocar mojones por estar bien referenciadas en el terreno.

La colocación de los mojones, de acuerdo con el Reglamento de Montes y la circular sobre instrucciones de deslinde y amojonamiento, se ha realizado de forma que la numeración de los hitos, tanto en el perímetro exterior como en los enclavados es visible desde el monte.

Resultando que el Director del Servicio Provincial de Medio Ambiente de Teruel, emitió con fecha 17 de noviembre de 2003, el preceptivo informe, en el que propone la aprobación del amojonamiento de acuerdo con lo actuado por la Ingeniero Operadora y en la forma en que se ha llevado a cabo.

Vistos el Estatuto de Autonomía de Aragón; la Ley de Montes de 8 de junio de 1957; el Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962; el Real Decreto 1410/1984, de 2 de febrero, de traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón; El Decreto 64/1984, de 30 de agosto, de la Diputación General de Aragón, asignando al Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes las competencias transferidas en materia de Conservación de la Naturaleza; la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Decreto Legislativo 1/2001, de 3 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Decreto, de 4 de agosto de 1999, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por la que se modifica la organización en Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se crea el Departamento de Medio Ambiente; el Decreto 100/1999, de 3 de septiembre, del Gobierno de Aragón, que desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, estructurándose el Departamento de Medio Ambiente en 4 órganos directivos, uno de ellos la Dirección General de Medio Natural; el Decreto 50/2000, de 14 de marzo, del Gobierno de Aragón lo el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente y demás normativa de general aplicación.

Considerando que en la tramitación del expediente, se dio cumplimiento a cuanto se previene en la legislación vigente relativa al amojonamiento de montes públicos, habiéndose insertado los reglamentarios anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel y en el «Boletín Oficial de Aragón» y dado curso a las oportunas comunicaciones a los Ayuntamientos, para conocimiento de los particulares interesados.

Considerando que durante la práctica del apeo no se han presentado reclamaciones al mismo.

Considerando que en el trabajo efectuado de colocación de hitos se materializa sobre el terreno cuanto consta en las actas y en el plano del deslinde, quedando debidamente cumplimentada la Orden de 17 de agosto de 2001.

Considerando que los datos de coordenadas de los piquetes se han obtenido mediante medición en el campo con equipo GPS Geoexplorer 3 (TRIMBLE) con la configuración siguiente:

* Datum: European 1750 (Portugal-España)

* Zona: 30 North

* Geoide: DMA 10 x 10 (Global)

* Referencia altitud: SNM

Los datos de campo se han sometido a proceso de corrección diferencial mediante el programa informático Programa Pathfinder office. La base utilizada como posición de referencia tiene las siguientes características:

* Latitud: 42º 27' 18.937900" N

* Longitud: 2º 28' 20.188900" O

* Altura estacional (ASE): 470.62 M.

* Altura antena: 0

* Datum: WGS 1984

* Altura sobre elipsoide

La exportación se realiza en el sistema de coordenadas:

* Sistemas: UTM

* Zona: 30 North

* Datum: Eureopean 1959 (portugal-España)

* Uds de coordenadas: m.

* Unidades de altitud: m.

* Referencia altitud: snm.

Este Departamento de Medio Ambiente, de acuerdo con el informe del Director del Servicio Provincial de Medio Ambiente de Teruel, con el del Jefe del Servicio de Conservación y Restauración de la Cubierta vegetal, y a propuesta de la Dirección General de Medio Natural, ha resuelto:

Primero.-Aprobar el amojonamiento total administrativo del monte número 280 del catálogo de los de utilidad pública de la provincia de Teruel, denominado «Mas del Pardo», de la pertenencia de la Diputación General de Aragón, y situado en el término municipal de Castellote (Entidad Local Menor de Cuevas de Cañart), de acuerdo con las Actas, Registro Topográfico y Plano que figuran en el expediente, sin que se haya producido modificación alguna sobre su descripción en el deslinde ya practicado y aprobado por Orden de 17 de agosto de 2003, y con la siguiente relación de mojones y piquetas:

Nº Piquete deslinde Orden del Hito Numeración

1 2º 1

2 2º 2

3 2º 3

4 2º 4

5 2º 5

6 2º 6

7 2º 7

8 2º 8

9 2º 9

10 2º 10

11 2º 11

12 2º 12

13 2º 13

14 2º 14

15 2º 15

16 2º 16

17 2º 17

18 2º 18

19 2º 19

20 2º 20

21 2º 21

22 2º 22

23 2º 23

24 2º 24

25 2º 25

26 2º 26

27 2º 27

28 2º 28

29 2º 29

30 2º 30

31 2º 31

32 2º 32

33 2º 33

34 2º 34

35 2º 35

36 2º 36

PERIMETRO 2.-BANCAL DE ALBALATE

Nº Piquete deslinde Orden del Hito Numeración

37 2º 37

38 2º 38

39 2º 39

40 2º 40

41 2º 41

42 2º 42

43 2º 43

44 2º 44

45 2º 45

46 2º 46

PERIMETRO 3.-LA IRANZA

Nº Piquete deslinde Orden del Hito Numeración

47 2º 47

48 2º 48

49 2º 49

50 2º 50

51 2º 51

52 2º 52

53 2º 53

54 2º 54

55 2º 55

PERIMETRO 4.-LA CUEVA

Nº Piquete deslinde Orden del Hito Numeración

56 2º 56

57 2º 57

58 2º 58

59 2º 59

60 2º 60

PERIMETRO 5.-ARMENGOTES

Nº Piquete deslinde Orden del Hito Numeración

61 2º 61

62 2º 62

63 2º 63

64 2º 64

65 2º 65

66 2º 66

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente cabe interponer Recurso de Reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o recurso Contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse; y todo ello de conformidad con los artículos 48, 109 c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; artículos 54.1 a) y 58.3 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; y artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 3 de diciembre de 2003.-El Consejero de Medio Ambiente, Alfredo Boné Pueyo.